Fondo Europeo de apoyo a la Paz

El Fondo se utilizará para financiar:

  1. Los costes comunes de las operaciones de la Unión realizadas en el ámbito militar o de la defensa y que no puedan correr a cargo del presupuesto de la Unión;
  2. Las medidas de asistencia consistentes en acciones para reforzar las capacidades de terceros Estados y organizaciones regionales e internacionales en relación con asuntos militares y de defensa, y el apoyo a los aspectos militares de las operaciones de apoyo a la paz dirigidas por una organización regional o internacional o por terceros Estados.
Dirección general responsable:

Dirección General Cooperación Internacional y Desarrollo

Base jurídica:

DECISIÓN (PESC) 2021/509 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se crea un Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y se deroga la Decisión (PESC) 2015/528

Beneficiarios:

Estados miembro

Países:

Todos los Estados miembro menos Dinamarca

Acciones:

El Fondo se utilizará para financiar:

  1. Los costes comunes de las operaciones de la Unión realizadas en el ámbito militar o de la defensa y que no puedan correr a cargo del presupuesto de la Unión;
  2. Las medidas de asistencia consistentes en acciones para reforzar las capacidades de terceros Estados y organizaciones regionales e internacionales en relación con asuntos militares y de defensa, y el apoyo a los aspectos militares de las operaciones de apoyo a la paz dirigidas por una organización regional o internacional o por terceros Estados.
Convocatoria:

Operaciones militares activas de la UE financiadas por el Fondo:

  • EUFOR Althea (Bosnia y Herzegovina)
  • EUNAVFOR Atalanta (Cuerno de África)
  • EUTM Somalia
  • EUTM Mali
  • Misión de Formación Militar de la UE en la República Centroafricana
  • Operación militar de la UE en el Mediterráneo
  • EUTM Mozambique
Bandera de Europa