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La justicia europea avala la prohibición de los productos de plástico oxodegradable en la UE

La justicia europea avala la prohibición de los productos de plástico oxodegradable en la UE

  01·feb·2024

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Fuente: EFE Euractiv

El Tribunal General de la Unión Europea avaló este miércoles la normativa comunitaria que prohíbe la comercialización de los productos fabricados con plástico oxodegradable, ya que considera que es «acorde» al objetivo de la UE de proteger el medio ambiente y la salud humana.

La Unión Europea (UE) adoptó en 2019 una directiva que prohíbe la venta de productos fabricados con plástico oxodegradable -que son materiales que contienen aditivos que promueven la oxidación y que hacen que el plástico se descomponga en microfragmentos-, así como los plásticos de un solo uso para limitar su impacto sobre el medio ambiente.

Ante ello, las sociedades Technologies y Symphony Environmental, establecidas en Reino Unido y especializadas en la producción y comercialización de determinados productos de plástico especializados, solicitaron la reparación del perjuicio sufrido por la normativa comunitaria.

Ambas compañías producen un aditivo prooxidante que, en su opinión, permite que el plástico se biodegrade más rápidamente que el plástico oxodegradable, pero que no pueden comercializar ya que la directiva de la UE se aplica al plástico que producen y que califican de «oxobiodegradable».

El Tribunal General desestimó el recurso presentado por ambas sociedades pues considera que la UE no incurrió en «un error manifiesto» al prohibir la comercialización de los productos que contienen un aditivo prooxidante y que la normativa no vulnera el principio de proporcionalidad de la Unión.

Además, en su sentencia, la justicia europea explica que, según los estudios científicos, el nivel de biodegradación de este plástico es «bajo o inexistente en un medio abierto, en un vertedero o en el medio marino», y que el plástico que contiene un aditivo prooxidante no es apto para ninguna forma de compostaje.