Instrumento de vecindad, desarrollo y cooperación internacional (EUROPA GLOBAL)

Los objetivos generales del Instrumento son:
- Defender y promover los valores y principios y los intereses fundamentales de la Unión en todo el mundo con el fin de perseguir los objetivos y principios de la acción exterior de la Unión, contribuyendo así a reducir y, a largo plazo, erradicar la pobreza, a consolidar, respaldar y promover la democracia, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, el desarrollo sostenible y la lucha contra el cambio climático y a abordar la migración irregular y los desplazamientos forzosos, incluidas sus causas profundas.
- Contribuir a la promoción del multilateralismo y al cumplimiento de los compromisos y los objetivos internacionales acordados por la Unión, en particular los ODS, la Agenda 2030 y el Acuerdo de París.
- Promover asociaciones más sólidas con terceros países, en particular con los países de la política europea de vecindad, basadas en intereses mutuos y en la apropiación, con vistas a fomentar la estabilización y la buena gobernanza y a reforzar la resiliencia.
Asociaciones internacionales, Política Europea de Vecindad y Negociaciones de Ampliación, Instrumentos de Política Exterior, Servicio Europeo de Acción Exterior.
Reglamento (UE) 2021/947 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de junio de 2021 por el que se establece el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional - Europa Global, por el que se modifica y deroga la Decisión n.o 466/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan el Reglamento (UE) 2017/1601 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE, Euratom) 480/2009 del Consejo.
Entidades jurídicas públicas o privadas.
Estados miembro y terceros países asociados con el Programa (los países miembros de la AELC, los países adherentes, países candidatos y los candidatos potenciales, los países de política europea de vecindad, terceros países y territorios que reúnan los requisitos establecidos en el programa).
La financiación de la Unión en virtud del Instrumento se ejecutará a través de:
- Los programas geográficos englobarán la cooperación nacional y plurinacional en los siguientes ámbitos:
- Vecindad
- África subsahariana
- Asia y el Pacífico
- El continente americano y el Caribe.
- Los programas temáticos englobarán acciones relacionadas con la consecución de los ODS a escala mundial, en los ámbitos siguientes:
- ‘Derechos Humanos y Democracia’
- ‘Organizaciones de la Sociedad Civil’
- ‘Paz, Estabilidad y Prevención de Conflictos’
- ‘Retos Mundiales’.
Las acciones de respuesta rápida permitirán la intervención temprana para:
- Contribuir a la paz, la estabilidad y la prevención de conflictos en situaciones de emergencia, crisis incipientes, crisis y poscrisis, como las que puedan derivarse de los flujos migratorios y los desplazamientos forzosos;
- Contribuir a reforzar la resiliencia de los Estados, las sociedades, los colectivos y las personas y a vincular la ayuda humanitaria a las acciones para el desarrollo y, cuando proceda, a la consolidación de la paz;
- Abordar las prioridades y necesidades de la política exterior de la Unión.